Suprema Corte da la razón a miles de personas: el IMSS no podrá negar pensión por viudez

Infórmate acerca de cuál es el requisito eliminado que permite que miles de personas accedan a la pensión por viudez del IMSS

Por: Carla María López Mendoza

La Suprema Corte de Justicia Nacional (SCJN) declaró uno de los requisitos para acceder a la pensión por viudez del IMSS como inconstitucional, pues este establecía que la persona solo podía acceder a este apoyo si al momento del fallecimiento se contaba con más de seis meses de matrimonio o si había hijos de por medio.

La finalidad de esta pensión del IMSS es garantizar la protección económica de la familia, por lo que no existe justificación válida para que se otorgue un trato distinto entre quienes tuvieron hijos y quienes no, pues en ambas situaciones se requiere el mismo apoyo.

Conoce cuál es el requisito eliminado de la pensión por viudez del IMSS. Foto: Freepik.

¿Cómo funcionaba la pensión de viudez del IMSS?

La pensión de viudez se otorga a la persona esposa(o) o, a falta de esta, a la concubina o el concubinario de la persona asegurada o pensionada fallecida.

Solo a falta de la o el cónyuge, tendrá derecho a recibir la pensión, la persona con quien el asegurado o pensionado vivió como si fuera su matrimonio durante los 5 años que precedieron inmediatamente a su muerte o con quien procreó o registró hijas o hijos, siempre que ambos hubieran permanecido libres de matrimonio durante el concubinato o la persona con quien suscribió unión civil.

Si al morir, la persona asegurada tenía varias concubinas o varios concubinarios, ninguna persona de ellas gozará de pensión.

Anteriormente, la pensión de viudez del IMSS exigía un mínimo de tiempo de matrimonio. Foto: Freepik.

Se elimina un requisito en el IMSS para recibir la pensión por viudez

Desde el año 2023, la ministra Loretta Ortiz Ahlf, declaró inconstitucional el artículo 132, fracción I y último párrafo, de la Ley del Seguro Social, pues se considera que restringía de manera arbitraria el acceso a la pensión por viudez.

De esta manera, la SCJN obliga al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) a reconocer el derecho de las personas viudas, sin tomar en cuenta el tiempo de matrimonio ni la existencia de hijos, solo asegurándose de que se acredite la relación legal con el asegurado.

Esta decisión eliminó una de las limitantes más polémicas de la Ley del Seguro Social, pues durante años estuvo impidiendo que miles de viudos y viudas obtuvieran acceso a este derecho.

Desde el 2023, ya no se toma en cuenta el tiempo como matrimonio ni la existencia de hijos. Foto: Freepik.

Requisitos para recibir la pensión por viudez en el IMSS

Requisitos

De la persona asegurada fallecida:

  • Que, al momento de la muerte, por causa distinta a un riesgo de trabajo, la persona asegurada fallecida haya tenido un mínimo de 150 semanas de cotización.
  • Debe encontrarse vigente en sus derechos o estar dentro del periodo de conservación de derechos.
  • La persona asegurada fallecida por un riesgo de trabajo no requiere haber cubierto un mínimo de semanas de cotización.
  • La persona viuda debe acreditar el vínculo matrimonial o la relación de concubinato en los términos señalados en la Ley del Seguro Social.
  • Si el fallecimiento de la persona asegurada deriva de un riesgo de trabajo, se requiere el Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgos de Trabajo ST-3, proporcionado por los servicios de Salud en el Trabajo.

Documentos

De la persona solicitante: 

  • Identificación oficial con fotografía y firma, vigente de acuerdo con la legislación que aplique a cada una (original para cotejo y copia), de los enlistados en el Acuerdo de trámites vigente.
  • Comprobante de domicilio, no mayor a 90 días previos a la presentación de la solicitud (original para cotejo y copia), de los enlistados en el Acuerdo de trámites vigente.
  • Documento expedido por la institución de crédito en el cual se identifique el número de cuenta y clave bancaria estandarizada (CLABE) a nombre de la persona titular del derecho, con nivel 4 sin límite para depósito (original para cotejo y copia).
  • Acta de nacimiento, acta de adopción o reconocimiento (original, copia certificada o impresión del formato único obtenido en línea desde la página de internet oficial, la cual será validada).
  • Acta de matrimonio (original, copia certificada o impresión del formato único obtenido en línea desde la página de internet oficial, la cual será validada; la fecha de expedición de este documento no deberá ser mayor a 90 días naturales, anteriores a la fecha de la solicitud del trámite y, de igual forma, la fecha de expedición deberá ser posterior a la fecha de defunción de la persona asegurada o pensionada).

Para poder acceder a la pensión por viudez del IMSS debes presentar la documentación completa. Foto: Freepik.