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¿Qué es la Ley de Amparo? La reforma aprobada por el Senado

El Senado de la República aprobó modificaciones a la reforma a la Ley de Amparo, con el fin de garantizar el acceso a la justicia y el buen uso de estos recursos

2 octubre, 2025
Te explicamos en qué consisten las modificaciones a la Ley de Amparo.
Te explicamos en qué consisten las modificaciones a la Ley de Amparo.

El Senado de la República recién aprobó un dictamen de reforma a la Ley de Amparo, la cual plantea diversos cambios para agilizar este tipo de procesos judiciales, y que fue presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum.

Con 76 votos a favor y 39 en contra, se aprobó en lo general dictamen presentado por el senador Javier Corral, luego de las modificaciones aplicadas tras las audiencias públicas que se llevaron a cabo el 29 y 30 de septiembre.

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En lo particular, el Senado avaló una reserva de la Ley de Amparo que fue calificada de retroactiva, con un respaldo de 70 votos a favor y 39 en contra, tras lo cual el dictamen fue enviado a la Cámara de Diputados para su análisis y votación.

¿En qué consisten los cambios a la Ley de Amparo?

Las modificaciones aprobadas están relacionadas con los artículos no reservados del dictamen que reforma la Ley de Amparo, Reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución, el Código Fiscal de la Federación y la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

Entre los principales cambios, se destaca que los juicios de amparo podrán celebrarse completamente en línea a través de reglas uniformes que vuelven a los expedientes electrónicos igual de válidos que los físicos.

El Senado aprobó las modificaciones a la reforma a la Ley de Amparo. Foto: Cortesía
El Senado aprobó las modificaciones a la reforma a la Ley de Amparo. Foto: Cortesía

Una vez celebrada la audiencia, los jueces tendrán un plazo de 90 días naturales para dictar una sentencia, lo que representa una reducción a los plazos procesales actuales. 

De igual manera, los órganos jurisdiccionales podrán desechar más fácilmente las recusaciones que tengan el fin de demorar el procedimiento.

En materia de interés legítimo, la reforma a la Ley de Amparo establece que la lesión jurídica puede ser individual o colectiva, eliminando el requisito de que sea actual y directa. Esto permitirá promover amparos con una mejor protección de derechos difusos y colectivos.

El proyecto también introduce criterios más detallados para medidas cautelares, como que los jueces deberán acreditar el interés suspensional, la apariencia del buen derecho y ponderar el interés social. 

A su vez, se plantean cambios en el Código Fiscal de la Federación, más específicamente en el ámbito fiscal, donde se agregan nuevos supuestos de improcedencia del recurso de revocación al tratarse de créditos fiscales ya determinados en resoluciones firmes, o bien de solicites de prescripción sobre esos créditos.

Mientras que la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa se alinea a estos cambios, dejando fuera de su competencia a estas resoluciones para evitar que se promuevan juicios sobre actos que ya fueron resueltos de forma definitiva.

Otro cambio a destacar es que se mantiene la responsabilidad individual de los servidores públicos que incumplan con sentencias de amparo, una carga que recaía en el Estado en la propuesta inicial de la reforma a la Ley de Amparo.

Para obtener suspensiones en juicios para controvertir actos de ejecución o cobro de créditos fiscales firmes, se establecen expresamente formas de garantía del interés fiscal que puede constituir los promoventes, ampliando a 5 días el plazo para exhibir el pago de la garantía.

Estos son algunos de los principales cambios que introduce la reforma a la Ley de Amparo, y que busca garantizar juicios de amparo justos y claros, así como más ágiles.



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