¿De cuánto es la pensión de jueces y magistrados en México?
Jueces y magistrados federales en México cuentan con diversas opciones para jubilarse desde los cambios implementados por la reforma judicial. Aquí te contamos cuáles son esas condiciones y cuánto pueden llegar a obtener en su pensión


¿Quieres resumir esta nota?
Las pensiones para jueces y magistrados federales en México han tenido algunos cambios en los últimos años. El cambio más importante vino con la reforma judicial, la cual amplió sus opciones par jubilase con diversos tipos de pensiones.
El 14 de septiembre de 2024, el Consejo de la Judicatura Federal (CJF) amplió el catálogo de pensiones a las que pueden acceder jueces y magistrados, manteniendo la posibilidad de que se puedan retirar a partir de los 65 años con el 80% de su salario.
De esta manera, los jueces y magistrados pueden obtener distintos tipos de pensiones, como pensión por jubilación; por edad y tiempo de servicios; por cesantía avanzada; por seguro de retiro o por vejez.
Esta es una diferencia importante, ya que antes sólo se tenía prevista la pensión complementaria por jubilación anticipada, la cual exigía que el juez tuviera al menos 65 años de edad y 25 años de servicio.

Jueces se pueden retirar desde los 56 y 58 años
Ahora, los jueces y magistrados sólo necesitan cumplir con los requisitos establecidos por la Ley del ISSSTE, donde la edad mínima para el retiro anticipado es de 56 años de edad y 28 años de servicio para mujeres, y 58 años de edad y 30 años de servicio para hombres.
Si un juzgador decide solicitar su pensión por retiro anticipado a los 56 o 57 años, podrá obtener hasta el 53% de su sueldo, dependiendo de los años de servicio con que cuente.
Para quienes tengan 58 o 59 años de edad, podrán acceder a la pensión máxima del 55% de su sueldo; a los 60 y 61 años de edad la pensión será de máximo el 58% del sueldo; a los 62 a 64 años de edad, la pensión máxima sería del 69%.

Para que jueces y magistrados puedan disfrutar del 80% de su sueldo como pensión complementaria máxima, deberán jubilarse a los 65 años de edad, si es que cumplen con los años de servicio que se establecen en los requisitos.
En cuanto al dinero que estarían recibiendo en su pensión, no hay una cifra universal para dar respuesta, ya que cada pensión es distinta y los montos dependerán de la situación de cada juez y magistrado, como sus años de servicio, edad y condiciones de la pensión.










