Te compartimos los requisitos y pasos para solicitar la pensión por viudez del IMSS, una de las prestaciones que ofrece el Instituto a sus asegurados
Por: Raúl Durán
Entre las diversas prestaciones y beneficios que ofrecen las pensiones del IMSS, se encuentra la pensión por viudez, que busca asegurar que el cónyuge o concubino de un pensionado fallecido no pierda su estabilidad financiera.
Entre los beneficios de la pensión por viudez del IMSS está el hecho de que es vitalicia, lo que significa que la persona beneficiaria puede seguir accediendo al ingreso económico después de sufrir la pérdida de ingresos de su pareja.
Requisitos para la pensión por viudez IMSS
Sin embargo, para poder obtener la pensión por viudez hay que cumplir una serie de requisitos establecidos con el IMSS. Entre estos, uno de los más importantes es que la persona asegurada haya acumulado al menos 150 semanas de cotización a la fecha de su fallecimiento.
También es fundamental que la pareja haya vivido en matrimonio o concubinato durante los 5 años que precedieron a la muerte del pensionado, o que hayan procreado o adoptado hijos.
- Para viuda (o) esposa (o): acreditar el vínculo matrimonial.
- Para viuda (o) concubina (rio): acreditar la relación de concubinato.
- Que el asegurado haya tenido al menos 150 semanas de cotización al momento de su fallecimiento.
- Que el asegurado estuviera vigente o en conservación de derechos de seguros de Invalidez, Retiro, Cesantía en Edad Avanzada o Vejez.
- Dictamen de Incapacidad Permanente o de Defunción por Riesgos de Trabajo ST-3, expedido por los Servicios Médicos Institucionales (en caso de fallecimiento por riesgo de trabajo).
- Si el pensionado fallecido gozaba de una pensión de incapacidad permanente y muere por causa distinta a un riesgo de trabajo, es necesario acreditar las 150 cotizadas y la baja del Régimen Obligatorio.
Documentos del pensionado fallecido
- Estado de cuenta de la Afore o contrato firmado con Afore, con una antigüedad no mayor a 6 meses previos a la solicitud de la pensión por viudez (exclusivo para la Ley 97 del IMSS, cotizando a partir del 1 julio de 1997).
- Copia certificada del acta de nacimiento, acta de adopción o reconocimiento expedida por autoridades oficiales.
- Copia certificada del acta de defunción, expedida por autoridades oficiales.
Documentos de la persona beneficiaria
- Identificación oficial con fotografía vigente de la pareja en matrimonio o concubinato.
- Comprobante de domicilio (no mayor a 3 meses de antigüedad).
- Copia certificada del acta de matrimonio (fecha de expedición no mayor a 90 días naturales).
- Copia certificada de la resolución ejecutoria emitida por autoridad judicial que acredite la relación de concubinato.
- En caso de haber tenido hijos, copias certificadas de acta de nacimiento o acta de adopción o reconocimiento.
En cuanto al monto de la pensión por viudez, el IMSS indica que este puede variar de acuerdo con el tipo de seguro que tuviera la persona fallecida, el cual puede ir desde el 40% de la pensión de incapacidad o el 90% de la pensión de invalidez.
Si necesitas realizar el trámite de la pensión por viudez y cuentas con toda la documentación solicitada, puedes acudir a la ventanilla de prestaciones económicas de tu Unidad de Medicina Familiar (UMF), o bien llamar vía telefónica al 800 623 23 23 (opción 3 "Pensionados), para aclarar dudas.
SCJN elimina requisito
Recientemente, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) eliminó un requisito que impedía a miles de personas acceder a la pensión por viudez, que establecía que la persona sólo podía acceder al apoyo si al momento del fallecimiento se contaba con más de 6 meses de matrimonio o si había hijos de por medio.