Aprueban ley que protege a periodistas y personas defensoras de derechos humanos en Sinaloa
El dictamen propone tipificar el delito contra la libertad de expresión y la actividad periodística con sanciones de hasta 6 años de prisión y el doble en caso de ser un servidor público


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Con 37 votos a favor, el Congreso del estado de Sinaloa aprobó este martes el dictamen que propone expedir la ley para la protección de personas defensoras de derechos humanos y periodistas del estado de Sinaloa y adicionar diversas disposiciones al código penal para el estado de Sinaloa.
Esta ley propone que se tipifique el delito contra la libertad de expresión y la actividad periodística con lo que se proponen sanciones a quienes ataquen el ejercicio de la profesión periodística a quienes de manera violenta obstaculicen o reprima la libertad de expresión con una pena de 4 a 6 años de prisión y de 200 a 300 días de multa. En caso de que este delito sea cometido por un servidor público, la pena aumentará hasta el doble.

El gobernador del estado tendrá que realizar adecuaciones correspondientes para asignar presupuesto en este año para instalar el Instituto de Protección a Periodistas y Defensores de Derechos Humanos.
Este instituto será responsable de prevenir, atender y proteger a periodistas y personas defensoras de derechos humanos en los casos de agresiones y entre sus facultades se encuentra la de denunciar a los servidores públicos responsables de incumplir o dilatar el cumplimiento de las medidas interpuestas.
El decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado de Sinaloa.





