. Inicia registro de bicicletas eléctricas y scooters en CDMX: requisitos y dónde hacer el trámite
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Inicia registro obligatorio de bicicletas eléctricas y scooters en CDMX: requisitos y dónde hacer el trámite

La Secretaría de Movilidad (SEMOVI) de la Ciudad de México (CDMX) ya habilitó el trámite del registro de bicicletas eléctricas, motobicis y scooters, el cual es de carácter obligatorio y, en caso de cumplir, podrías hacerte acreedor a una multa

8 julio, 2026
Los detalles del registro de bicicletas eléctricas y scooters en CDMX. Foto: Magnific/Cortesía
Los detalles del registro de bicicletas eléctricas y scooters en CDMX. Foto: Magnific/Cortesía

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La Secretaría de Movilidad (SEMOVI) de la Ciudad de México (CDMX) desde este 1 de julio comenzó con el proceso de registro de los scooters, motobicis y bicicletas eléctricas, los cuales deberán portar placas; de lo contrario, el usuario será multado.

Fecha límite para registrar scooters y bicicletas eléctricas en la CDMX

El trámite de registro de los scooters y bicicletas eléctricas deberá realizarse a través de la página de internet del Sistema de Trámites Vehiculares: https://acortar.link/Cbfwi2. Desde el 1 de julio de 2026 fue habilitado este trámite y la fecha límite para hacerlo es el 20 de noviembre.

Fecha límite para registrar scooters y bicicletas eléctricas en la CDMX. Foto: Magnific
Fecha límite para registrar scooters y bicicletas eléctricas en la CDMX. Foto: Magnific
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Aunque a partir del 1 de septiembre los vehículos de este tipo que no se emplaquen podrían ser multados y las sanciones serán de 10 UMAS (Unidad de Medida y Actualización) durante las primeras dos infracciones, equivalente a 1,175 pesos; de 15 UMAS para las tres y cuatro infracciones, mil 762 pesos; y 20 UMAS para reincidentes con más de cinco sanciones, equivalente a 2 mil 350 pesos.

Requisitos para emplacar scooters y bicicletas eléctricas en la CDMX

Las unidades que deben emplacarse y contar con tarjeta de circulación son aquellas que alcanzan velocidades mayores a los 25 km/h, y que tienen un motor con potencia continua nominal de 250 watts y hasta 1.34 caballos de fuerza.

Registro obligatorio de scooters y bicicletas eléctricas en la CDMX. Foto: Pixabay
Registro obligatorio de scooters y bicicletas eléctricas en la CDMX. Foto: Pixabay
  • Identificación oficial vigente con fotografía.
  • Comprobante de domicilio reciente de la Ciudad de México.
  • Documento que acredite la propiedad del vehículo, factura o ticket.

Es importante destacar que los usuarios que usen scooter deberán contar con licencia de conducir tipo A1 o A2 y, como parte del reglamento, usar casco. Además, las unidades deberán contar con luces delanteras y traseras y elementos reflectantes para evitar accidentes.

Requisitos para emplacar scooters y bicicletas eléctricas en la CDMX. Foto: Cortesía
Requisitos para emplacar scooters y bicicletas eléctricas en la CDMX. Foto: Cortesía

Las unidades que no requieren de emplacamiento en la CDMX son aquellas bicicletas con un motor pequeño asistido, pero que no rebasen los 25 kilómetros por hora y tengan un peso mayor a 35 kg, las cuales tendrán que llevar un holograma que les dará derecho a circular por vías confinadas y tendrán que compartir las ciclovías para mayor seguridad.

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