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Por esta razón podrían suspenderte la Pensión para Bienestar de Personas Mayores

El programa ayuda económicamente a las personas mayores del país, sin embargo, por irregularidades pueden ser dados de baja.

4 octubre, 2022
Por esta razón podrían suspenderte la Pensión para Bienestar de Personas Mayores. Foto/Eduardo Barrios
Por esta razón podrían suspenderte la Pensión para Bienestar de Personas Mayores. Foto/Eduardo Barrios

En México los adultos mayores enfrentan condiciones de escasos ingresos y carencias en el acceso a los sistemas de protección social y salud, lo cual repercute en sus condiciones de vida.

El programa de Pensión para Bienestar de las Personas Adultas Mayores, tiene el objetivo de mejorar las condiciones de vida y que a su vez permita el acceso a la protección social mediante la entrega de una pensión no contributiva.

¿En qué consiste el programa?

El programa atiende a todos los adultos mayores de 68 años de todo el país, y a los adultos mayores de 65 años que viven en los municipios integrantes de pueblos indígenas. La pensión para el Bienestar de los Adultos Mayores consiste en un apoyo económico de $2,550 pesos cada dos meses.

¿Cómo se obtiene?

El ingreso al programa es a través de las visitas domiciliarias que realizan las personas de la Secretaría del Bienestar, ellos llevan a cabo el registro de cada solicitante.

¿Cuáles son las razones por las que se puede suspender el pago del programa?

  • Cuando se identifiquen inconsistencias en la información proporcionada por la persona derechohabiente o la persona asunta auxiliar.
  • Cuando ya transcurrieron dos bimestres consecutivos sin presentarse a recibir el apoyo y la persona derechohabiente o su auxiliar no han ido a dar una explicación.
  • Cuando se identifica la realización de pagos indebidos o de cobros simultáneos.
  • El fallecimiento del derechohabiente notificado por el registro civil, mediante el acta de defunción.
  • Cuando se identifica la realización de cobros simultáneos.
  • Cuando el mismo adulto mayor solicita darse de baja.
  • Cuando no se cumplen los requisitos de elegibilidad.

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