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Requisitos para adquirir un crédito para casa del INVI

Este organismo fue creado para atender la necesidad de vivienda de la población residente en el Distrito Federal, hoy Ciudad de México

4 agosto, 2022
Requisitos para adquirir un crédito para casa del INVI.
Requisitos para adquirir un crédito para casa del INVI.

México.- No tienes acceso al Infonavit y quieres adquirir una casa. El Instituto de Vivienda de la Ciudad de México (INVI), es una buena opción.

Este organismo fue creado para atender la necesidad de vivienda de la población residente en el Distrito Federal, hoy Ciudad de México, principalmente la de bajos recursos económicos, a través del otorgamiento de créditos de interés social para vivienda digna y sustentable. Su finalidad es contribuir a la realización del derecho humano básico que significa la vivienda.

¿Qué es el Programa de Mejoramiento de Vivienda?

El Instituto de Vivienda de la Ciudad de México es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública de la Ciudad de México, con personalidad jurídica y patrimonio propio.

¿Qué personas pueden aplicar a este crédito?

Tienes que vivir en la Ciudad de México.

Contar con la mayoría de edad (18 años).

Que no sean propietarios de una vivienda en la ciudad, a menos que se trate del lugar donde se construirá.

Ingreso, de manera individual, de hasta 5 veces el salario mínimo diario.

Para las familias, el ingreso no deberá ser superior a 8 veces el salario mínimo diario.

Tener máximo 64 años, y para las personas que sean mayores de esta edad, deberán contar con un deudor solidario.

Requisitos para el INVI

Acta de nacimiento del solicitante, (en caso de ser casado también del cónyuge) y coacreditado en su caso.

Identificación oficial del solicitante (en caso de ser casado también del cónyuge) y del coacreditado en su caso.

Comprobante de ingresos del titular y del cónyuge o concubino o coacreditado. En caso de asalariado, aviso de alta o vigencia de derechos ante el IMSS o ISSSTE y recibo de las tres últimas quincenas. En caso de no asalariados, escrito bajo protesta de decir verdad en el que se manifiesta la actividad, lugar, periodo e ingreso mensual promedio.

Certificado de no propiedad del titular emitido por el Registro Público de la Propiedad y el Comercio del Distrito Federal (y de su cónyuge en caso de ser casados bajo el régimen de Sociedad Conyugal)

Constancia médica expedida por instituciones de salud pública, en caso de personas con discapacidad.

Comprobante de domicilio del titular y del coacreditado, en su caso.

Clave Única de Registro de Población (CURP) del titular, (en caso de ser casado también del cónyuge).

Estudio socioeconómico (Cédula Única de Información).

Programa de Vivienda en Conjunto

El Programa de Vivienda en Conjunto ha sido diseñado con el objetivo de otorgar financiamientos para proyectos de vivienda, con cero intereses, otorgando ayudas de beneficio social a la población residente en la Ciudad de México, prioritariamente a la de bajos recursos económicos, en condición de vulnerabilidad (indígenas, adultos mayores, madres solteras, mujeres jefas de familia y personas con discapacidad) o que habitan en sitios de alto riesgo, así como a población asentada en campamentos o en inmuebles con valor patrimonial, incentivando al mismo tiempo la producción social de vivienda mediante el uso óptimo del suelo habitacional en delegaciones que cuentan con servicios y equipamiento urbano, a fin de coadyuvar a la realización del derecho humano a la vivienda, reconocido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y dar cumplimiento al ejercicio de esta garantía individual enmarcada en la Ley de Vivienda de la Ciudad de México.

El programa cuenta con las siguientes modalidades:

Vivienda nueva terminada: Se puede financiar integralmente con recursos INVI o con otras fuentes de financiamiento. Esta modalidad corresponde a la construcción de vivienda nueva realizada en predios con uso habitacional y con factibilidad de servicios, en un proceso único de edificación que cumpla con las necesidades de área construida, seguridad estructural, instalaciones, servicios, áreas privativas y áreas de uso común.

Adquisición y rehabilitación de vivienda en inmuebles catalogados: Esta modalidad corresponde a la adquisición de vivienda por parte de sus ocupantes, siempre que el inmueble esté en buenas condiciones estructurales, o bien, cuando las obras de rehabilitación garanticen que el inmueble tendrá una vida útil y duradera, que contribuya a la conservación del patrimonio histórico o artístico. La característica particular de estos inmuebles es que están catalogados por el Instituto Nacional de Antropología e Historia, el Instituto Nacional de Bellas Artes o la Dirección de Sitios Patrimoniales de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Vivienda. Puede combinarse parcialmente con la modalidad de Vivienda Nueva Terminada cuando en el inmueble donde se desarrolle un proyecto de vivienda sea necesario conservar parte de la construcción existente por tratarse de un inmueble catalogado.

Adquisición y rehabilitación de vivienda en inmuebles no catalogados: Esta modalidad consiste en la adquisición de vivienda por parte de sus ocupantes cuando el inmueble requiere de rehabilitación o mejoras mediante obras estructurales o en instalaciones sanitarias o eléctricas, o requiere acciones de mantenimiento con las que se pueda garantizar una vida útil, duradera y segura del inmueble.

Vivienda progresiva: Esta modalidad corresponde a la edificación de vivienda individual o plurifamiliar, a través de un proceso de construcción paulatina o en etapas, en proyectos de tipo horizontal o vertical. Considera la construcción de vivienda con espacios habitables mínimos que den prioridad a elementos estructurales, instalaciones hidráulicas, sanitarias y eléctricas, que en conjunto consoliden gradualmente el inmueble y brinden seguridad y bienestar a sus ocupantes.

Adquisición de vivienda: Esta modalidad consiste en adquirir una vivienda propiedad de terceros, ya sea nueva o en uso.

Arrendamiento con opción a compra: Esta modalidad corresponde a la adquisición de vivienda sujeta a un período de pago de rentas mediante un contrato de arrendamiento que combine obligaciones condicionales de venta, en plazo y precio determinado, considerando las rentas o parte de éstas como aportación anticipada en favor de sus beneficiarios o arrendatarios al ejercer el financiamiento para compra de vivienda.

Condominio familiar: Es un crédito inicial o complementario para cubrir los gastos del proceso de constitución del régimen de propiedad en condominio de un inmueble, con el objeto de escriturar las unidades privativas existentes. Cubre estudios, proyectos, trámites legales, gastos notariales o administrativos y, en términos de lo dispuesto por el artículo 46 de la Ley de Vivienda de la Ciudad de México, se tendrán por satisfechos en su aplicación los requisitos administrativos, urbanos y sanitarios por tratarse de una disposición que tiene como único y exclusivo destinatario a este Instituto. Los propietarios de vivienda de interés social y popular podrán ser beneficiarios de las facilidades administrativas y estímulos fiscales vigentes, aun cuando no soliciten el otorgamiento del crédito, siempre y cuando cumplan los requisitos que se establezcan.

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