¿Para qué niveles aplica la suspensión de clases del 30 de junio en la CDMX, según la SEP?
La Secretaría de Educación Pública (SEP) informó que, por decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el 30 de junio de 2026, se van a suspender las clases en la Ciudad de México (CDMX)


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La Secretaría de Educación Pública (SEP) ya hizo oficial la suspensión de clases para el martes 30 de junio de 2026, en la Ciudad de México (CDMX), que estará aplicando tanto para escuelas públicas y privadas. Esta medida fue emitida por decreto presidencial y publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
Ya es oficial: no habrá clases el 30 de junio en CDMX
La Secretaría de Educación Pública (SEP) informa que, por decreto presidencial publicado este 26 de junio en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el 30 de junio en la Ciudad de México se suspenden las actividades escolares en las escuelas públicas y privadas de educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás instituciones para la formación de maestras y maestros de educación básica del Sistema Educativo Nacional.

También se suspenden clases en las instituciones de educación media superior y superior dependientes de la Secretaría de Educación Pública, ubicadas en la Ciudad de México (CDMX).
¿Por qué suspendieron clases el 30 de junio en la CDMX?
En el decreto por el que se establecen diversas medidas administrativas en el marco de los eventos relativos a la Copa Mundial de la FIFA 2026, a celebrarse en la Ciudad de México, se establece también que, con el objeto de contribuir a la movilidad urbana, la seguridad vial, la continuidad de las actividades administrativas y la eficiencia en la prestación del servicio público.
Se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para que, el 30 de junio de 2026, en el ámbito de sus respectivas competencias y de conformidad con las necesidades del servicio, implementen esquemas de teletrabajo, trabajo a distancia o modalidades flexibles de organización laboral respecto de las personas servidoras públicas adscritas a los centros de trabajo ubicados en la capital del país.

También establece que, con el objeto de contribuir a la movilidad urbana y la seguridad vial, se conmina al sector privado y social con centros de trabajo ubicados en la Ciudad de México, para que, el 30 de junio de 2026, en todas las actividades administrativas no esenciales, otorguen las facilidades necesarias a fin de que se implementen esquemas de teletrabajo, trabajo a distancia o modalidades flexibles de organización laboral, en los términos de los artículos 330-A y 330-G de la Ley Federal del Trabajo.







