SAT podía multar por este tipo de transferencias a partir del 1 de enero de 2026
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) comenzará a supervisar todas las transferencias en 2026. No se cobran impuestos por hacerlas, pero sí pueden aplicarse multas si los ingresos no están justificados o no se declaran. Estos son los detalles


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Las transferencias electrónicas se han convertido en una herramienta esencial para la vida cotidiana y los negocios en México. Sin embargo, este 2026 viene con muchos cambios, pues el Servicio de Administración Tributaria (SAT) supervisará con más atención los movimientos financieros de los contribuyentes con tal de evitar cualquier fraude financiero.
Con el surgimiento de las fintechs digitales y el fácil acceso a préstamos financieros a través de apps, los contribuyentes pueden ser acreedores a multas por parte del SAT sin darse cuenta, ya que el organismo reforzara la vigilancia con el objetivo de combatir la evasión fiscal y el uso irregular del sistema financiero.
Cabe señalar que no se trata de un impuesto ni multas por el simple hecho de realizar transferencias electrónicas, sino que las sanciones solo aplican cuando el dinero recibido no puede justificarse o no ha sido declarado conforme a la ley, según detalló la autoridad fiscal.

¿SAT multará por transferencias electrónicas?
El endurecimiento de la supervisión ocurre en paralelo con nuevas medidas de seguridad bancaria, como el Monto Transaccional del Usuario (MTU), una especie de candado que se le puso a las cuentas de todos los clientes de bancos con el fin de evitar fraudes o robos a través de las aplicaciones móviles.
Este mecanismo, recomendado por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, fija límites a las transferencias. Aunque el MTU no genera multas fiscales, sí facilita el rastreo de operaciones inusuales. Para entender el tema, basta destacar que el SAT ha mencionado que desde el 2008 hay algo llamado Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE).
De esta manera, se estableció que toda transferencia bancaria que supere los $15 mil pesos se debe pagar impuestos. En caso de no pagar este impuesto, los contribuyentes pueden ser acreedores a una multa fiscal, pero no es el único motivo por el cual el SAT puede sancionar a los contribuyentes.

¿Qué movimientos pueden derivar en una multa?
- Omisión en declaración de ingresos: Si recibes transferencias bancarias que el SAT clasifica como ingresos y no las incluyes en tus declaraciones mensuales o anuales, puedes ser acreedor a sanciones
- Depósitos sin respaldo comprobable: Cuando ingresan a tu cuenta transferencias o depósitos que no puedes acreditar mediante facturas, contratos u otros documentos fiscales, el SAT puede tratarlos como ingresos no declarados
- Depósitos en efectivo mayores a 15 mil pesos: deberá justificarse su origen o de lo contrario, la multa puede ser de hasta 34 mil pesos.
- Uso de cuentas de terceros: si tienes más de una cuenta bancaria a la que haces movimientos o bien, usas la de un familiar, deberás justificar los movimientos, o de lo contrario, el SAT los tomará como ingresos que buscas ocultar.
- Falta de emisión de facturas: Si realizas operaciones comerciales, recibes pagos por transferencia y no emites el comprobante fiscal digital correspondiente, el SAT tiene la facultad de aplicar multas
- Préstamos sin documentación formal: Cuando recibes dinero bajo el argumento de que es un préstamo, pero no cuentas con un contrato debidamente firmado, la autoridad puede considerarlo ingreso gravable y sancionarte por no declararlo
- Préstamos que carezcan de contratos: si recibes una transferencia por un préstamo que carezca de un contrato firmado, el SAT lo tomará como un ingreso que debes declarar.

Casos en los que no hay sanciones
No todas las transferencias electrónicas están bajo riesgo. Existen múltiples operaciones que no generan multas siempre que cuenten con respaldo legal. La clave está en que el movimiento no represente un ingreso oculto ni una discrepancia fiscal:
- Transferencias justificadas con contratos, facturas o comprobantes fiscales.
- Operaciones declaradas correctamente en la declaración anual.
- Pagos entre cuentas propias, es decir, traspasos entre cuentas del mismo titular.
- Transferencias con sustento legal, como pagos de nómina, préstamos formales o operaciones comerciales con CFDI.
¿De cuánto es la multa por transferencias indebidas?
Las multas del SAT por este tipo de transferencias pueden ir del 20% al 100% del ingreso no reportado o del impuesto omitido, además de recargos y actualizaciones, con multas que pueden alcanzar los $34 mil pesos. Asimismo, en las situaciones más graves la autoridad incluso puede iniciar acciones penales.
Para evitar afectaciones con la dependencia, la recomendación es siempre tener un registro de las transferencias electrónicas, las cuales deberán justificarse y claro, incluirse en la declaración anual, así como no utilizar cuentas bancarias de terceros para actividades económicas.











