¿Cuánto pagan si trabajo el 25 de diciembre y 1 de enero según la Ley Federal del Trabajo?
Si trabajas en los días considerados como feriados oficiales, entre ellos el 25 de diciembre o el 1 de enero, la Ley Federal del Trabajo establece cómo se debe calcular tu pago. Estas medidas son diseñadas para proteger al trabajador, quien es remunerado por ser solicitado en su empleo un día de asueto


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El ritmo de trabajo actual muchas veces nos lleva a laborar en fechas consideradas como días festivos, especialmente en sectores como comercio, transporte, seguridad, salud y servicios. Afortunadamente, la Ley Federal del Trabajo (LFT) garantiza un pago especial cuando una persona trabajadora labora en estas fechas.
Si tu jefe te pide presentarte el 25 de diciembre o el 1 de enero, es importante que conozcas tus derechos y cómo deben compensarte. Aquí te explicamos cuánto debe pagarse y todos los puntos importantes respecto a ese tema, con base en la LFT, PROFEDET y criterios jurídicos vigentes.
¿Cuánto se paga por trabajar el 25 de diciembre y el 1 de enero?
Primeramente se debe entender que el 1 de enero y el 25 de diciembre son días de descanso obligatorio de acuerdo al artículo 74 de la LFT. Así, todas las personas trabajadoras independientemente del tipo de contrato, sector o giro de la empresa, tienen que descansar.

Estos días deben otorgarse con goce de salario, aun cuando la persona trabajadora no preste servicios, algo confirmado por la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET). No obstante, si un patrón necesita que labores en estos días, el artículo 75 de la LFT establece que los trabajadores deberán recibir un salario doble.
Por ejemplo, si un trabajador gana $200 pesos diarios, se le pagará esa cantidad, pero recibirá $400 pesos adicionales, lo que da un total de $600 pesos. Según la PROFEDET, esto es garantizado sin importar si recibe pago semanal, quincenal o mensual, por lo que el pago tiene que ser triple.
¿Te pueden obligar a trabajar el 25 de diciembre o el 1 de enero?
Cabe señalar que es ilegal ejercer presión, condicionamiento o represalias para obligar a alguien a trabajar en estas fechas. Sin embargo, algunos sectores operan de manera continua dependiendo del contrato. En sentido, se puede laborar en esas fechas si se cumplen estas condiciones:
- Acuerdo previo entre trabajador y empleador.
- Pago triple obligatorio, sin excepciones.

¿Qué pasa si el día festivo cae en domingo?
Otro punto a aclarar es que si un día de descanso obligatorio coincide con domingo, se tiene que agregar otro factor al pago: la prima dominical, prevista en el artículo 71 de la LFT. Esta clausula es equivalente al 25% del salario ordinario diario.
Por lo tanto, se debe mantener el pago triple por ser día de descanso obligatorio laborado, pero se añade 25% adicional de prima dominical, culminando en 3.25 veces el salario diario. Si ganas $400 pesos diarios, más pago triple serán $1,200 pesos, y tras la prima termina en $1,300 pesos.
¿Qué hacer si no recibes el pago triple por trabajar en estos días?
Quienes laboren en un día festivo y no reciban el pago correspondiente pueden presentar una queja ante la PROFEDET, así como solicitar asesoría jurídica para realizar una demanda laboral ante el Tribunal Laboral, con el plazo de un año para reclamar el pago omitido.

Si tal es tu caso, puedes contactar a la PROFEDET a través de los números 8007172942 y 8009117877, o usar WhatsApp al 5514848737, así como visitar su página web oficial usando este enlace. Eso sí, se suelen solicitar algunos documentos como comprobantes de pago, recibos de nómina y contrato.









