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Prepárate, marzo es la fecha límite para tu declaración de impuestos

En México, la declaración anual de impuestos de las personas morales tiene reglas específicas, evita cualquier falla conociendo los detalles aquí.

17 febrero, 2022
Prepárate, marzo es la fecha límite para tu declaración de impuestos
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En México, la declaración anual de impuestos de las personas morales tiene reglas específicas evita cualquier falla conociendo los detalles aquí.

En México el día último de marzo es la fecha límite para tu declaración de impuestos, si no quieres tener un conflicto hazla con oportunidad. Si se te complica entérate aquí de los pasos que debas seguir.

¿A quién corresponde presentar la declaración de impuestos?

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La declaración anual de personas morales es el informe que hacen las empresas de todas las acciones que se hicieron durante el ejercicio fiscal anterior.

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La persona moral es una persona jurídica que existe con derechos y obligaciones, pero no como una persona física, sino como una institución que es creada por una o más personas físicas para cumplir un objetivo social que puede ser con o sin fines de lucro.

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¿Cuándo se presenta la declaración de impuestos?

En los meses de enero, febrero y marzo del año siguiente que declaras.

Genera tus declaraciones en tiempo y forma, aprende más sobre este proceso aquí.

¿Te interesa tener un control en tu contabilidad y en el pago de tus impuestos?

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¿Cómo se presenta la declaración anual?

Las personas morales lo podrán hacer de la siguiente manera:

Ingresa a la aplicación correspondiente para el envío de tu declaración

Envía tu declaración al SAT

El SAT deberá remitirte un acuse de recibido.

Si la declaración resultante es en ceros o con algún saldo a favor, el proceso termina aquí.

Si tienes un impuesto a cargo tendrás que realizar el pago por transmisión electrónica en el portal de tu banco de preferencia, el cual, te enviará el recibo de pago que te servirá de referencia ante el SAT.

ISR diferido en consolidación fiscal.

25% en el ejercicio fiscal en el que se deba efectuar el pago del impuesto diferido.

25% en el segundo ejercicio fiscal.

20% en el tercer ejercicio fiscal.

15% en el cuarto ejercicio fiscal.

15% en el quinto ejercicio fiscal.

 

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