Tus Buenas Noticias
Síguenos

Conoce 10 cambios de la reforma outsourcing de México

Se dice que en la reforma outsourcing salen ganando los trabajadores mexicanos, sólo pretenden combatir malas prácticas.

21 abril, 2021
Conoce 10 cambios de la reforma outsourcing de México
Conoce 10 cambios de la reforma outsourcing de México

Se dice que en la reforma outsourcing salen ganando los trabajadores mexicanos, sólo pretenden combatir malas prácticas.

Muchas dudas ha causado entre trabajadores y patrones el saber que hay cambios sustantivos en la reforma outsourcing de México. Se ha dicho que en estos cambios los más beneficiados serán los trabajadores porque les aumenta la seguridad en sus prestaciones y empleo. Pero ¿cuáles son realmente los cambios?.

Primero debes saber que el outsourcing no desaparece como tal, el objetivo de esta iniciativa es combatir las malas prácticas vinculadas a la subcontratación. Este esquema laboral ha servido, en ciertos casos, para vulnerar derechos de los trabajadores establecidos en la Ley Federal del Trabajo.

Conoce 10 cambios de la reforma outsourcing de México

De acuerdo con expertos en derecho laboral, en el país existen compañías que no registran a los trabajadores ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). De este modo, tampoco declaran lo que realmente ganan. Al mismo tiempo, no los dejan crear antigüedad y no garantizan el reparto de utilidades.

Te puede interesar: Pactan Gobierno y Empresarios para regular el outsourcing y reparto de utilidades

Hay empresas que pagan 30% a través de la nómina y el resto lo hacen mediante una simulación de aportaciones para el retiro, pues estas no pagan impuestos.

Click balance, tu empresa en línea nos presenta los 10 posibles cambios qué traerá la reforma outsourcing en el terreno laboral:

1- Prohibir la subcontratación de personal. El proceso por el cual una persona física o moral proporciona trabajadores propios en beneficio de otra empresa quedaría prohibido.

2- Las agencias de empleo o intermediarios que intervienen en la contratación podrán participar en el reclutamiento, selección, entrenamiento y/o capacitación, pero en ningún caso se les considerará como patrones.

3- Se permitirá la subcontratación de servicios especializados u obras especializadas que no forman parte del objeto social, ni de la actividad económica preponderante de la beneficiaria de los mismos, siempre que las empresas contratistas estén registradas en el padrón público que estará a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS).

También puede interesarte: ¿Ya hiciste tu declaración anual? Que no se te pasen estos detalles

4- Los servicios u obras complementarias o compartidas prestadas entre empresas de un mismo grupo empresarial, también serán considerados como especializados siempre y cuando no formen parte del objeto social ni de la actividad económica preponderante de la empresa que los reciba.

5- Habrá sanciones más severas para el outsourcing ilegal: se equipara a defraudación fiscal; se fijaron multas de 173 mil a 4 millones de pesos, a quienes incumplan con las nuevas disposiciones, y se prohíbe la deducción de impuestos.

6- La STPS tendrá la facultad para requerir la información del cumplimiento de las obligaciones en materia de trabajo, aun cuando en un proceso de inspección el patrón se niegue a atender a las autoridades del trabajo, además podrá imponer sanciones ante la negativa de proporcionar dicha información.

7- La subcontratación deberá formalizarse mediante contrato por escrito donde se señale el objeto de los servicios u obras a ejecutar.

8- Las empresas que proporcionen servicios de subcontratación deberán contar con registro ante la STPS, el cual será público y estará disponible para consulta en internet. El registro debe renovarse cada tres años.

9- Se establece la responsabilidad solidaria en el sentido de que la empresa que contrate la prestación de servicios o la ejecución de obras con una empresa que incumpla con sus obligaciones en materia de seguridad social, será responsable con las personas trabajadoras utilizadas para la ejecución de dichas contrataciones.

10- El monto de la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU) tendrá como límite máximo tres meses del salario del trabajador o el promedio de la participación recibida en los últimos tres años, se aplicará el monto que resulte más favorable al trabajador.

Con información de: El Financiero y Click Balance.


Enlaces patrocinados