¿A que edad puedo retirar mi Afore o parte de él?; estos son los trámites y requisitos

Recuerda que existen distintas modalidades para acceder a los recursos de tu Afore, ya que no todas implican esperar a la jubilación

Por: Juan Méndez

Las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afore) son las encargadas de guardar los recursos de los trabajadores, quienes ahorraron durante toda su vida laboral para asegurar una mejor calidad de vida en su edad avanzada.

No obstante, en México el retiro de fondos de una cuenta Afore no está limitado solo a la jubilación, ya que también puede solicitarse en situaciones específicas como desempleo, matrimonio o por aportaciones voluntarias, siempre que se cumplan ciertos requisitos.

Si quieres conocer la edad mínima para empezar a recibir tu Afore, como hacer retiros parciales, cómo saber en qué administradora se encuentra y demás información, aquí te damos los datos.

Conoce todo sobre los retiros del Afore. Foto: Cortesía

¿Cómo saber en qué Afore estoy?

El primer método para conocer en cuál Afore estas es por internet. Primero, se tendrá que ingresar a su plataforma web oficial del Sistema de Ahorro para el Retiro e-sa. Luego, pulsar en la opción “Localiza tu Afore”, y con eso podrás saber la información de tu administradora.

La otra forma es a través de teléfono de SARTEL, que es 55 1328-5000. Por último, también existe la opción de descargar la aplicación de Afore Móvil en el teléfono celular. Lo único que se tendrá que contemplar es presentar la documentación necesaria:

  • Clave Única de Registro de Población (CURP)
  • Número de Seguridad Social (NSS)
  • Correo electrónico

¿Qué edad debo tener para retirar el ahorro de mi Afore?

En el sistema de ahorro para el retiro en México, los trabajadores que cotizan en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y tienen una cuenta en una Afore pueden retirar parte o la totalidad de sus recursos bajo ciertas condiciones. El retiro total por pensión es posible cuando el trabajador cumple con los siguientes requisitos:

  • Edad mínima de 60 años si se solicita la pensión por cesantía en edad avanzada.
  • Edad de 65 años si se busca la pensión por vejez.
  • Tener un mínimo de 850 semanas de cotización si se está bajo el régimen de la Ley del Seguro Social de 1997.

Existen dos regímenes del IMSS. Foto: Cortesía

En estos casos, primero se debe gestionar la pensión ante el IMSS. Cuando sea aprobada, el trabajador podrá acudir a su Afore para tramitar el retiro de sus recursos acumulados.

Cabe recordar que existen dos regímenes del IMSS que son: La Ley del 73 (aquellos que iniciaron su cotización antes del 1 de julio de 1997). Mientras que la Ley del 97 (son los que comenzaron a partir del 1 julio de 1997).

Retiros parciales: opciones antes de la jubilación

Además del retiro por pensión, existen otras modalidades de retiro parcial, permitiendo a los trabajadores acceder en casos específicos a una parte de sus fondos antes de la edad de retiro. Estas son:

Por desempleo: 

Es una opción para quienes pierden su empleo y necesitan liquidez. Este retiro permite acceder al equivalente de entre 30 y 90 días del salario base. Sin embargo, implica un descuento en las semanas de cotización ante el IMSS. Sus requisitos son:

  • Tener al menos 46 días en condición de desempleo.
  • Haber cotizado al IMSS mínimo dos años.
  • Contar con tres años o más desde la apertura de la cuenta Afore.
  • No haber hecho un retiro por desempleo en los últimos cinco años

Hay distintas modalidades para hacer retiros parciales. Foto: Cortesía

Por matrimonio:

Es posible acceder a un retiro único por concepto de gastos de matrimonio. A diferencia del retiro por desempleo, esta modalidad no afecta el número de semanas cotizadas. Para ello, se requiere: 

  • Contar con mínimo 150 semanas cotizadas a partir del 1 de julio de 1997
  • Presentar la resolución de ayuda por matrimonio emitida por el IMSS
  • Estar registrado como trabajador activo
  • No haber ejercido este derecho anteriormente

Aportaciones voluntarias:

Para quienes hacen aportaciones voluntarias, también se puede disponer de ese dinero, sin importar su edad o condición laboral, siempre y cuando se cumpla con el plazo de permanencia que establezca cada administradora.

¿Cómo hacer el trámite para hacer retiros?

Para cualquiera de estas opciones, el procedimiento comienza con una solicitud formal ante la Afore correspondiente. Eso sí, en el caso de los retiros por desempleo o matrimonio, es indispensable contar con documentación oficial emitida por el IMSS.

Asimismo, es recomendable acudir directamente a la Afore o consultar su portal en línea. También se puede comunicar con la CONSAR al teléfono 55 13 28 50 00 para recibir orientación personalizada.

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