Si eres trabajador, te compartimos los detalles de cómo funciona el pago de horas extras en México y cuánto tiempo tienes para reclamar la remuneración correspondiente, de acuerdo con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET)
Por: Brenda Camacho
Si eres empleado activo, es fundamental que conozcas cómo puedes calcular el pago de horas extras en tu trabajo, que son aquellas que laboras de manera adicional a tu jornada asignada, según la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para realizar el cálculo correspondiente.
De acuerdo con los datos difundidos por la PROFEDET en México, existen 3 formas de calcular su pago de las horas extras o extraordinarias, tomando en cuenta que son 8 horas las que comprende la jornada laboral en la actualidad.
Las 3 maneras para calcular el pago de horas extras en tu trabajo
- Las primeras 9 horas de trabajo semanal extraordinario se pagan al doble del equivalente a una hora de tu salario;
- Si trabajas más de las 9 horas arriba señaladas, estas se deberán pagar al triple del equivalente a una hora de tu salario;
- Si existe el riesgo de un siniestro dentro de la empresa, la jornada de trabajo podrá prolongarse por el tiempo estrictamente indispensable para evitar daños.
Cabe resaltar que tienes un año para exigir a la empresa en que laboras el pago de las horas extra trabajadas, según la PROFEDET.
Es importante que sepas, como empleado, que existen 3 tipos de jornadas laborales: diurna, nocturna y mixta:
- Diurna: entre las 6:00 y las 20:00 horas, no puede ser mayor a 8 horas diarias.
- Nocturna: entre las 20:00 y las 6:00 horas, no puede ser mayor a 7 horas diarias.
- Mixta: comprende periodos de la jornada diurna y nocturna, siempre que el periodo nocturno no sea mayor de 3 horas y media. Esta jornada no puede ser mayor a 7 horas y media.
¿Qué derechos tengo como trabajador en México?
Entre los derechos principales que tienen en la actualidad los trabajadores en México se encuentran:
- Aguinaldo.
- Vacaciones y prima vacacional.
- Prima dominical (si trabajas los domingos).
- 1 día de descanso a la semana como mínimo.
- Descanso en días festivos o el pago correspondiente por trabajarlo, de acuerdo con lo que establece la Ley del Trabajo.
- Licencia de maternindad: La trabajadora embarazada disfrutará de un descanso de seis semanas anteriores y seis posteriores al parto.
- Servicios médicos.