Decretan inicio de veda de camarón en México

La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural decretó el inicio de veda de camarón en México a partir de este 24 de marzo. Se ordena el retiro de embarcaciones pesqueras.

Por: Juan Francisco Sotomayor

La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural decretó el inicio de veda de camarón en México a partir de este 24 de marzo. Se ordena el retiro de embarcaciones pesqueras.

A partir de este 24 de marzo se decretó de manera oficial el inicio de veda de camarón en México, según la publicación del Diario Oficial de la Federación. Esto se da a iniciativa de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER), con lo que se ordena la suspensión de pesca para embarcaciones menores y barcos pesqueros.

Con la publicación del Diario Oficial de la Federación inicia la suspensión de pesca, el documento establece que es facultad de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural a través de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA), administrar y regular el uso, así como promover el aprovechamiento sustentable de los recursos de la flora y fauna acuáticas, ordenando las actividades de las personas que intervienen en ella y estableciendo las condiciones en que deberán realizarse las operaciones pesqueras.

Decretan inicio de veda de camarón en México

Que con base en los resultados de las evaluaciones biológico-pesqueras, el Instituto Nacional de Pesca y Acuacultura (INAPESCA) a través de la Dirección de Investigación Pesquera en el Pacífico, con fechas 17 y 21 de febrero de 2022 emitió respectivamente las Opiniones técnicas No. RJL/INAPESCA/DIPP/0161/2022 y RJL/INAPESCA/DIPP/0169/2022, en las que recomiendan y concluyen dar por terminada la temporada de pesca de camarón en el litoral del Océano Pacífico y Golfo de California.

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Asimismo, se indica que, para transportar desde las zonas litorales en donde se establece la veda, camarón en estado vivo, fresco, entero, deshidratado, procesado, enhielado, congelado, cocido, seco o en cualquier otra forma de presentación y conservación, inventariado en los términos del artículo anterior, previamente a su transportación, los interesados deberán contar con la Guía de Pesca debidamente validada, emitida por las Oficinas de la CONAPESCA.

 

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